ORDEN DE DETENCION EUROPEA Y ENTREGA - ASISTENCIA LEGAL NO FURTHER A MYSTERY

orden de detencion europea y entrega - asistencia legal No Further a Mystery

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three. En los casos en que no haya habido consulta y una vez se hayan transmitido la sentencia y el certificado, el Juez Central de lo Penal podrá remitir un dictamen sobre la eventual ejecución de la condena en España y su contribución a la reinserción social del condenado.

forty two. Destaca que, según la FRA, la información que se facilita a los acusados sobre sus derechos procesales en procedimientos penales difiere tanto en su alcance como en la forma en la que se transmite; pide a los Estados miembros que establezcan salvaguardias para garantizar que se informe eficazmente a las personas sobre sus derechos procesales tan pronto como sean sospechosas de haber cometido un delito;

b) Que el imputado solicite trasladarse a un Estado distinto del de su residencia y la autoridad competente de este Estado así lo consienta.

Cuando la persona objeto haya sido juzgada de forma definitiva por los mismos hechos en un tercer Estado no miembro de la Unión siempre que la sanción haya sido ejecutada, o este en curso, o ya no pueda ejecutarse en virtud del Derecho del Estado de condena.

Al igual que en el caso de la extradición la Ley establece que, las órdenes europeas de detención y entrega emitidas por otros países van a ser tramitadas por la Audiencia Nacional.

b) El Estado miembro al que el condenado vaya a ser expulsado una vez puesto en libertad sobre la foundation de una orden de expulsión o traslado contenida en la sentencia o en una resolución judicial o administrativa derivada de la sentencia.

two. En los restantes supuestos no contemplados en el apartado anterior, siempre que estén castigados en el Estado de emisión con una pena o medida de seguridad privativa de libertad o con una medida de internamiento en régimen cerrado de un menor cuya duración máxima sea, al menos, de doce meses o, cuando la reclamación tuviere por objeto el cumplimiento de condena weblink a una pena o medida de seguridad no inferior a cuatro meses de privación de libertad, la entrega podrá supeditarse al requisito de que los hechos que justifiquen la emisión de la orden europea de detención y entrega sean constitutivos de un delito conforme a la legislación española, con independencia de los elementos constitutivos o la calificación del mismo.

b) Cuando la duración de la medida de libertad vigilada o de la pena sustitutiva sea inferior a seis meses.

I. Considerando que el establecimiento de un mecanismo de la Unión para la democracia, el Estado de Derecho y los derechos fundamentales debería servir para reforzar la confianza mutua, ya que su objetivo es indicar los ámbitos en que se precisan mejoras en lo referido al Estado de Derecho; que la aplicación inadecuada e incoherente de la Decisión Marco relativa a la orden de detención europea por determinados Estados miembros no contribuye al fortalecimiento de esa confianza mutua; que un mecanismo de la Unión para la democracia, el Estado de Derecho y los derechos fundamentales podría contribuir a la consecución de una aplicación coherente en los casos de denegación de la ejecución por violación de los derechos fundamentales y, por lo tanto, podría mejorar el reconocimiento mutuo entre los Estados miembros;

two. this contact form Para el reconocimiento mutuo de las resoluciones judiciales que impongan sanciones pecuniarias, además de las señaladas en el apartado anterior, no estarán sometidas al principio de doble tipificación aquellas resoluciones judiciales que castiguen hechos enjuiciados como alguno de los siguientes delitos o infracciones:

Cuando el imputado no haya comparecido en el juicio a menos que en Source la orden conste que no se notificó personalmente la resolución pero se le notificará sin demora tras la entrega, siendo informado de su derecho a un nuevo juicio o a interponer recurso.

En definitiva, la presente Ley se configura como un instrumento integrador que, además de dar cumplimiento a las obligaciones normativas europeas, responde al compromiso de mejora de la cooperación judicial penal en la Unión Europea y la lucha contra la criminalidad, garantizando la seguridad y los derechos de los ciudadanos como fin irrenunciable del Estado.

No hemos eludido los factores objetivos que hoy están afectando a la confianza entre los Estados, pero, en la línea de interpretación establecida por el Tribunal de Justicia, queremos mantener una actitud de extraordinaria prudencia para no dañar este instrumento crucial de cooperación.

4. Si la causa de suspensión hiciera previsible que la misma no fuera alzada, se devolverá el formulario o certificado con todo lo actuado a la autoridad judicial de emisión.

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